Autor: Javier Calvo García

¿Pueden los concejales presentar enmiendas sustanciales a las ordenanzas?

El TSJM declara que la modificación sustancial del proyecto de Ordenanza que fue sometido a información pública, introducida mediante una enmienda, infringe el procedimiento de aprobación de las normas municipales. Se plantea la cuestión de si las enmiendas, que los concejales presentan en ejercicio del derecho fundamental de participación política, solo pueden prosperar si incluyen cambios no sustanciales.

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