
La competencia de los municipios con población inferior a 2000 habitantes en relación con el tratamiento o depuración de las aguas residuales urbanas. Sentencia del Tribunal Supremo 1.642/2024
El Tribunal Supremo sostiene que ni la legislación estatal básica de régimen local (arts. 25.2 y 26 de la LRBRL) ni la legislación sectorial estatal en materia de tratamiento de aguas residuales urbanas (Real Decreto-ley 11/1995, de 28 de diciembre) contienen una atribución directa de competencia a los municipios de menos de 2000 habitantes para el tratamiento de dichas aguas.
SENTIDO DEL FALLO: No ha lugar al recurso de casación.









