
Los tesoreros de las grandes ciudades son órganos directivos
Aunque el órgano de la gestión económico-financiera y presupuestaria de los municipios de gran población no figure relacionado en el artículo 130 LBRL, realiza funciones de carácter directivo, y es ajustada a derecho su provisión por libre designación entre funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional.
