Actualidad – Jurisprudencial

2401, 2012

Tribunal Supremo. Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo. Sección Segunda. Sentencia 12 de abril de 2010. ROJ: STS 1988/2010.

Publicidad de los actos administrativos

El Tribunal Supremo sobre la publicidad de los actos administrativos y en relación al artículo 17.1 del Texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales tiene declarado que la citada norma incorpora una exigencia de publicidad de cumplimiento reglado, cuya inobservancia acarrea la nulidad del texto aprobado, en virtud de lo dispuesto en el artículo 62.2 de la Ley30/1992 y en los artículos 5 a 7 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. No constituye un mero requisito formal susceptible de subsanación, sino de un condicionamiento irrenunciable para la legitimidad de la norma, añadido a la divulgación en los correspondientes periódicos oficiales, ya que tratándose de disposiciones que inciden en el patrimonio jurídico de los administrados han de tener la posibilidad de alcanzar un cabal conocimiento de su contenido mediante la irrenunciable publididad, dándoles, además audiencia en el procedimiento seguido para elaborarlas (artículos 9.3 y 105 a) de la Constitución) trámite esencial en la formación de la voluntad administrativa a fin de garantizar la legalidad, el acierto y la oportunidad de la opción elegida.