Actualidad – Legislativa

3007,2015

Ley 14/2015, de 28 de julio, de reforma de la Ley 2/1987, de 24 de febrero, Electoral de la Región de Murcia.

BORM núm. 174, de 30 de julio de 2015

Esta ley introduce en su título II nuevos supuestos de incompatibilidades a fin de suprimir fundamentalmente la figura del alcalde-diputado. En el título III, que regula el sistema electoral de la Región de Murcia, se introducen nuevos mecanismos que contribuyen a propiciar un mayor equilibrio en la representación parlamentaria, mediante la reducción del porcentaje mínimo de acceso a la Asamblea Regional y la eliminación de las actuales cinco circunscripciones, reduciéndolas a solo una. Con tal modificación del sistema electoral se consigue una atribución proporcionada de escaños evitando que ninguna fuerza política significativa quede excluida de la posibilidad de obtener representación parlamentaria. Se modifica igualmente el título IV a fin de fomentar la participación electoral con la incorporación de debates electorales en los medios públicos. Finalmente, es objeto de reforma el título VI en lo referente a los gastos electorales, cuyo máximo se reduce en un cincuenta por ciento. Por lo demás, se actualizan en euros las cantidades establecidas en la actual ley en lo relativo a sanciones a aplicar por la Administración electoral y subvenciones a los partidos, federaciones y agrupaciones de electores, adaptándolas a la última orden de actualización de la Consejería de Hacienda.
En definitiva, estos nuevos mecanismos electorales que se introducen en la ley no vienen a desmontar el actual sistema electoral, sino que persiguen su adaptación a la realidad social y política que vive nuestra Región, introduciendo mejoras que van a propiciar mayor pluralidad y una mayor representatividad de la ciudadanía de la Región de Murcia en la Asamblea Regional.

Texto de la Ley