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Consejo asesor editorial

Presidente:

Sr. Rafael Jiménez Asensio, Director de la FDGL.


Vocales de pleno derecho
 

Sr. Ricardo Alonso García, Catedrático de Derecho Administrativo.

Sr. Manuel Arenilla, Catedrático de Ciencia Política y de la Administración de la Universidad Rey Juan Carlos.

Sra. Carmen Lucas, Ex-Directora General de Administración Local de la Junta de Castilla-León y Profesora de Derecho Administrativo de la Universidad de Valladolid.

Sr. Manuel Medina Guerrero, Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla.
 

Sr. Enrique Orduña Prada, Profesor asociado de Derecho Administrativo de la Universidad Autónoma de Madrid.

Sra. Maria Teresa Salvador, Profesora de Derecho Constitucional de la Universidad de Jaén. Coordinadora de Proyectos e Investigación de la FDGL.

Sr. Antonio Troncoso Reigada, Ex-Director de la Agencia de Protección de datos de la Comunidad de Madrid y Profesor titular de Derecho Constitucional.

Sr. Francisco Velasco Caballero, Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Autónoma de Madrid.

Sra. Maite Vilalta, Catedrática de Hacienda Pública de la Universidad de Barcelona. 

Sr. Manuel Zafra Víctor, Profesor de Ciencias Políticas de la Universidad de Granada.

 

Las funciones que tiene atribuidas son las siguientes:

- Asesorar y dar apoyo a la Dirección de la Fundación, mediante la promoción de  iniciativa de acciones y actividades para su incorporación en la programación anual.


- Dar soporte a la dirección de la Fundación en el proceso de valoración de las acciones y actividades propuestas por los Patronos.


- Formar parte de los grupos de expertos, grupos de reflexión o redes de trabajo y coordinarlos o dirigirlos en su caso, cuando sean propuestos por la Dirección de la Fundación.


- Proponer la publicación de materiales tanto de carácter periódicos como no periódicos de la Fundación, así como las publicaciones electrónicas.


- Evaluar, mediante informe, la calidad científica de los trabajos que se vayan a publicar en la Revista Cuaderno de Derecho Local, así como el resto de las publicaciones de la Fundación. En este caso, la determinación de la persona que procederá a realizar la evaluación de los trabajos, se ha de concretar por el Consejo de Redacción de la revista, en función del objeto de trabajo y de la especialización de los diferentes miembros del Consejo Asesor-Editorial.